Caso El Limo: 2 años y 10 meses de cárcel por lesiones y homicidio imprudente

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La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a “El Limo” a dos años y medio de prisión por provocar la muerte de un ex compañero de cárcel en una pelea. El acusado, para quien la fiscalía pedía una pena de 12 años, ha sido juzgado por un jurado popular. La sentencia avala la decisión del Tribunal, encontrando culpable a “El Limo” de un delito de lesiones con resultado de homicidio por imprudencia. Durante el juicio, la defensa ha mantenido que el acusado en ningún momento buscó causar la muerte al fallecido. La víctima falleció en agosto de 2015, una semana después de la pelea. Bajo los efectos del alcohol y otras sustancias, pidió a “El Limo” un encendedor que este se negó a darle, ya que sabía que era para fumar “lo que fuera”. Lo que comenzó como una discusión fue subiendo de tono hasta que la víctima trató de agredir con a “El Limo” y, finalmente, recibió de este al menos un fuerte puñetazo en la cabeza que le tiró al suelo, según recoge el veredicto del jurado. El acusado no pareció conformarse con ello, sino que, ante el numeroso grupo de personas que se habían congregado alrededor de ambos, pareció provocar a la víctima para que pelease, ya que esta se encontraba ya en el suelo: “levántate maricona, levántate payaso”. Tras la llegada al lugar de la policía, la víctima fue trasladada al Hospital Virgen Macarena, sin mostrar en un principio síntomas de lesiones irreversibles. Una vez en el hospital, sin embargo, fue perdiendo la consciencia y se le detectó una hemorragia interna grave, que hizo que fuese trasladado al área de especialización en estos casos del Virgen del Rocío. Al no mejorar su estado y no poderse hacer nada por él, fue devuelto a la Unidad de Cuidados Intensivos del Virgen Macarena, donde finalmente falleció. “El Limo” tenía antecedentes penales y de consumo de sustancias adictivas, algo de lo que se había rehabilitado. En el momento de la pelea colaboraba con una organización de ayuda a jóvenes con problemas. Contra la sentencia emitida ahora cabe recurso, aunque no se tiene confirmación de que este haya sido interpuesto.

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