¿Qué debe tener en cuenta un medio a la hora de tratar con menores?

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La niñez y la adolescencia son etapas clave para el desarrollo de las personas por lo que hay que tener cierto cuidado a la hora de informar acerca de ellos. Para poder informar sin problemas acerca de niños, niñas y adolescentes, los informadores deben tener un gran compromiso y responsabilidad.

Hace un par de años, una niña transexual de Málaga fue expulsada de clase por su condición sexual, tenía 7 años y nació con genitales masculinos pero se sentía una niña. Su familia simplemente pedía que le permitieran ir a clase con uniforme de falda, usar los servicios de chicas y que la llamasen por su nombre en femenino. Algo que el colegio no aceptaba y por lo que tuvieron que emprender acciones legales, ya que la menor tuvo que abandonar el centro.

En España se escuchan muchas noticias de este ámbito tan delicado a lo largo de los años. ¿Cómo debería tratar los medios de comunicación estos temas tan complejos? ¿Actuamos bien?

El rol que juegan los medios es muy importante a la hora de comunicar acerca de temas relacionados con menores. Tienen una profunda responsabilidad social, debido a la capacidad de incidir en la sociedad.

  • LEYES

En España existe una escasa reglamentación específica sobre niñez y periodismo. Sin embargo, sí que cuenta con algunos artículos de la Constitución, así como el Código de la Niñez y la Adolescencia.
La principal Ley que habla acerca de los derechos del niño es la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1990. Al aceptarla se protege y asegura el cumplimiento de todos los derechos, además de asumir la obligación de estipular e implementar medidas y políticas que velen por el cumplimiento del interés superior del niño. La convención contiene cuatro principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño/a, el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, y el respeto a los puntos de vista del niño y la niña. De este apartado destacamos “la no discriminación”, puesto que al ser un derecho del niño, esto debería prevalecer por encima de todo. Cosa que no ha hecho en el caso de la niña transexual. Esta niña ha sido discriminada, no por parte de los medios sino por parte del colegio debido a su situación. No aceptaban lo que la propia niña quería, motivo por el que fue noticia en todos los medios.

Respecto al Código de la Niñez y la Adolescencia, el único artículo que hace referencia a los medios de comunicación es el artículo 29 en el cual se prohíbe publicar por prensa, radio, televisión o cualquier medio de comunicación los nombres, fotografías o los datos que posibiliten identificar a los niños, niñas o adolescentes víctimas o supuestos autores de hechos punibles, estableciendo sanciones para los que infrinjan esta prohibición. Dato que no se respeta en el caso de la niña transexual, siendo ella una víctima de que no es respetada por su condición.

Además, en un estudio realizado por la UNESCO donde se analizaron 171 notas periodísticas, se dejó ver que en el 30% de los casos estudiados se desveló la identidad del niño/a o adolescente, ya sea mediante el nombre y apellidos completos (nuestro caso), una fotografía o a través de sus iniciales. Y además, el 22% de los mismos textos analizados, permitían una identificación parcial mediante fotos veladas o información sobre su familia. O en este caso, donde se dice además, el nombre del colegio de la niña.

  • FOTOGRAFÍAS

Lo normal es que cuando los niños sean fotografiados, deberían ser bajo su consentimiento. Sin embargo, estrictamente, se daría a entender que raramente se les podría fotografiar o filmar. Además, la LOPNNA, prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de niños/as y adolescentes contra su voluntad o la de sus progenitores, representantes o responsables.

  • LENGUAJE

Mediante el lenguaje y la palabra podemos empujar o aminorar procesos de cambio en los valores y creencias de una sociedad. Por eso, ya que nos referimos a las personas adultas mediante “señor/a” para tratarlos con respeto, también debemos tratar con respeto a todos los niños/as y adolescentes. Hay que evitar el uso de términos que puedan afectar su dignidad como personas, aunque el periodista lo use de forma peyorativa o no.

A fin de cuentas, al escribir o mostrar imágenes sobre niños, los periodistas deben aplicar los mismos principios que utilizamos con los adultos: tratarlos como personas y ciudadanos, con respeto y consideración. Pero, además, hay que tener en cuenta que al hacer alusión a niños/as y adolescentes estamos hablando de un sector particularmente vulnerable y en etapa de formación.

  • EXCEPCIONES

El único momento donde los medios de comunicación pueden difundir tanto el nombre completo del niño/a o adolescente como su fotografía es en el momento de su desaparición. Como dice RTVE, desde el momento en el que los padres o los tutores legales denuncian la desaparición del niño y la policía se pone en su búsqueda, su aparición en medios de comunicación está permitida para facilitar esta búsqueda.

En estos casos es imprescindible dar una descripción detallada de cómo es el niño y cómo iba vestido. Además de dar su nombre completo y datos importantes. Sin embargo, en cuanto a las fotografías que se podrán publicar serán sólo aquellas que la familia haya aportado y permitido su difusión para ayudar a la búsqueda.

Esto se puede comprobar en todos los casos de niños desaparecidos. El caso más mediático, la desaparición de Madeleine McCann, en la mayoría de los medios de comunicación (e incluso carteles) rondó una foto de primerísimo primer plano de la niña donde se puede observar su característica principal, la mancha del ojo.

En otros casos como el de Marta del Castillo, ha habido dos fotos principales que se han difundido para su búsqueda.

Como vemos los medios de comunicación, a pesar de ser una desaparición, sólo han podido mostrar y difundir una serie de fotos que han ofrecido sus familiares. 

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